Si usted opera en Bogotá, factura en Cali y tiene un punto en Medellín, ya sabe que el ICA no es un solo impuesto: son más de 1.100 versiones distintas, una por cada municipio del país. Cada alcaldía fija sus tarifas, calendarios, bases de retención y formularios. Para un contador con cinco o diez clientes, esto significa abrir cinco o diez plataformas territoriales distintas cada bimestre. La idea de esta guía es centralizar lo que sí podemos generalizar: marco normativo, tarifas típicas por las 20 principales ciudades, hechos generadores y los puntos donde la mayoría de empresas se equivoca al causar y declarar.
Qué es el ICA y por qué cambia tanto entre municipios
El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es un tributo territorial que grava la realización de actividades industriales, comerciales o de servicios en jurisdicción de un municipio. Su base legal arranca con la Ley 14 de 1983, fue compilada en el Decreto 1333 de 1986 (Código de Régimen Municipal) y luego cada concejo municipal lo desarrolla mediante acuerdos. Bogotá tiene su propio Estatuto Tributario Distrital (Decreto 352 de 2002 y modificatorios), Medellín lo regula por el Acuerdo 066 de 2017 y siguientes, Cali por el Acuerdo 0357 de 2013, y así sucesivamente.
Esta dispersión normativa explica por qué la misma actividad económica paga distinto en cada ciudad. Una empresa de servicios profesionales puede tributar al 6,9 por mil en Bogotá, 7 por mil en Medellín y 5 por mil en Cartagena. La consecuencia práctica para el contador es que no existe un calendario único ni una tarifa única: hay que conocer la geografía donde el cliente factura.
Hecho generador y sujeto pasivo
El hecho generador es la realización directa o indirecta de actividades industriales, comerciales o de servicios en el municipio, ya sea en establecimiento abierto o sin él, en forma permanente u ocasional, con o sin establecimiento de comercio. El sujeto pasivo es la persona natural, jurídica o sociedad de hecho que realice la actividad gravada.
Tres ideas que conviene tener claras desde el inicio:
- El ICA grava el ingreso bruto del periodo, no la utilidad.
- Los ingresos por actividades excluidas o no sujetas (educación pública, salud subsidiada, ciertas exportaciones) no entran a la base.
- El régimen depende del municipio: hay régimen común, régimen simplificado y, en algunas ciudades, régimen preferencial.
Tarifas ICA por las 20 principales ciudades en 2026
Las tarifas se expresan por mil sobre los ingresos gravables del bimestre o anualidad, según el municipio. La tabla recoge las tarifas más usadas para servicios y comercio al por menor; cada actividad tiene su código y su tarifa específica en el respectivo estatuto.
| Ciudad | Comercio (por mil) | Servicios (por mil) | Industrial (por mil) | Periodicidad |
|---|---|---|---|---|
| Bogotá D.C. | 4,14 a 11,04 | 6,9 a 13,8 | 4,14 a 11,04 | Bimestral |
| Medellín | 3 a 10 | 5 a 10 | 3 a 7 | Bimestral |
| Cali | 3 a 10 | 5 a 10 | 3,3 a 7,7 | Anual con anticipos |
| Barranquilla | 4 a 10 | 6 a 10 | 4 a 7 | Bimestral |
| Cartagena | 3 a 10 | 5 a 10 | 3 a 7 | Bimestral |
| Bucaramanga | 4 a 7 | 5 a 10 | 4 a 6 | Anual |
| Pereira | 4 a 7 | 5 a 10 | 3 a 7 | Anual |
| Manizales | 4 a 7 | 5 a 10 | 3 a 7 | Anual |
| Ibagué | 4 a 8 | 5 a 10 | 4 a 7 | Anual |
| Cúcuta | 4 a 7 | 5 a 10 | 4 a 7 | Anual |
| Santa Marta | 4 a 8 | 5 a 10 | 4 a 7 | Bimestral |
| Villavicencio | 4 a 7 | 5 a 10 | 4 a 7 | Anual |
| Pasto | 4 a 7 | 5 a 10 | 4 a 7 | Anual |
| Neiva | 4 a 7 | 5 a 10 | 4 a 7 | Anual |
| Armenia | 4 a 7 | 5 a 10 | 3 a 7 | Anual |
| Popayán | 4 a 7 | 5 a 10 | 3 a 7 | Anual |
| Sincelejo | 4 a 8 | 5 a 10 | 3 a 7 | Anual |
| Valledupar | 4 a 8 | 5 a 10 | 3 a 7 | Anual |
| Montería | 4 a 8 | 5 a 10 | 3 a 7 | Anual |
| Tunja | 4 a 7 | 5 a 10 | 3 a 7 | Anual |
Los rangos son referenciales y se actualizan vía acuerdo municipal cada año. Antes de declarar, confirme el código CIIU y la tarifa exacta en el estatuto vigente del municipio.
Cómo se calcula el ICA: ejemplo concreto
Suponga una empresa de consultoría en Bogotá con ingresos brutos del bimestre de $120.000.000, sin ingresos no gravados ni descuentos. Su actividad de servicios profesionales aplica una tarifa del 9,66 por mil.
- Ingresos brutos: $120.000.000
- Menos: ingresos no gravados (exportaciones, devoluciones): $0
- Base gravable: $120.000.000
- Tarifa: 9,66 por mil
- ICA del bimestre: $120.000.000 × 0,00966 = $1.159.200
- Menos: ReteICA aplicado por clientes en el bimestre: $420.000
- Saldo a pagar: $739.200
A esto se suma el complementario de avisos y tableros (15% del ICA) si la empresa tiene establecimiento visible al público, y la sobretasa bomberil donde aplique.
Calendario tributario: cuándo se paga el ICA
La periodicidad varía. Bogotá maneja seis bimestres al año más una declaración anual de retenciones; Cali consolida en una declaración anual con anticipos bimestrales; Manizales y Pereira son anuales puras. Lo importante es no confundir los plazos:
- Bogotá bimestral: vencimientos hacia el día 15 del mes siguiente al cierre del bimestre.
- Medellín bimestral: plazos publicados anualmente por la Secretaría de Hacienda.
- Cali: anual con presentación entre marzo y abril del año siguiente.
- Cartagena bimestral: similar a Bogotá pero con calendario propio.
Cada Secretaría de Hacienda publica su calendario tributario en diciembre o enero del año en curso. Marcar estas fechas en el calendario contable evita la sanción por extemporaneidad, que en la mayoría de municipios arranca en el 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción.
Retención en la fuente del ICA (ReteICA)
Las grandes empresas, entidades públicas y agentes designados deben practicar retención de ICA cuando paguen a proveedores que realicen actividades gravadas en el municipio. La tarifa de retención suele coincidir con la tarifa de la actividad del proveedor. La base mínima sujeta a retención varía: en Bogotá la cuantía mínima para servicios suele ubicarse alrededor de 4 UVT, en Medellín y Cali en montos similares ajustados al SMMLV.
Tres errores típicos al practicar ReteICA:
- Aplicar la tarifa del municipio del retenedor en vez de la del lugar donde se prestó el servicio.
- No descontar la retención en la declaración del retenido (cuando sí estaba certificada).
- Confundir base gravable de IVA con base de ICA: para ICA la base son los ingresos del periodo, no la factura individual.
ICA y facturación electrónica: el cruce con RADIAN
Desde que la DIAN consolidó el RADIAN como registro de eventos asociados a la factura electrónica, las áreas de impuestos territoriales empezaron a cruzar información. Si usted reclama un costo o gasto soportado en una factura electrónica recibida, ese mismo soporte queda visible para la administración municipal cuando audita el ICA del proveedor. Una factura sin acuse y sin causación de eventos 030, 032 o 033 puede levantar bandera en el cruce, sobre todo si el proveedor está en una ciudad distinta al pagador.
Por eso conviene mantener al día la causación de eventos del RADIAN: el acuse de recibo del bien o servicio (033) sirve como prueba de la operación efectiva en jurisdicción y refuerza la posición del declarante de ICA.
Cómo SisteAcuse apoya el control del ICA territorial
Aunque SisteAcuse se especializa en gestionar eventos RADIAN sobre facturas electrónicas recibidas, su rol indirecto en el ICA es valioso para contadores con cartera multi-empresa.
- Trazabilidad por proveedor y municipio: cada factura recibida queda con su NIT, fecha y datos del emisor, lo que facilita identificar operaciones por jurisdicción al momento de soportar el ICA del cliente.
- Causación masiva de eventos: al procesar en lote los eventos 030, 032 y 033 sobre cientos de facturas, se reduce el riesgo de quedar con soportes incompletos justo cuando el municipio audita el periodo.
- Reportes CSV/XLSX por NIT: exportar la base de proveedores con totales facturados ayuda al contador a conciliar gastos con ingresos del proveedor en el municipio donde declara.
Próximos pasos
Si gestiona ICA para varias empresas, el siguiente paso es pasar de un control mensual reactivo a uno bimestral planeado. Revise los artículos específicos por ciudad para Bogotá y Medellín, profundice en ReteICA por ciudad y consulte la tabla de códigos CIIU antes de cerrar el periodo. Cuando tenga las bases por municipio, automatizar la causación RADIAN con SisteAcuse libera horas para concentrarse en la planeación territorial.