Una sociedad limitada con sede en Cali cierra el ejercicio 2025 con ingresos operacionales de $1.000.000.000 y utilidad antes de impuestos de $160.000.000. Su contadora externa recibe el balance en marzo y empieza a depurar para liquidar la renta de 2025, pagadera en 2026. Renta líquida, tarifa, descuentos, anticipo, tasa mínima de tributación: cada paso cambia el resultado final. Esta guía aterriza la renta personas jurídicas 2026 con un caso PyME real para que cualquier contador, dueño o gerente financiero entienda cómo se arma el formulario 110.

Quién declara renta de personas jurídicas

Toda sociedad nacional, sucursal de extranjera o entidad asimilada a sociedad declara renta y complementarios, salvo las que estén bajo el Régimen Simple de Tributación. Esto cubre:

  • Sociedades comerciales (S.A.S., Ltda., S.A., E.U.).
  • Sociedades civiles.
  • Cooperativas (con tarifa especial).
  • Entidades sin ánimo de lucro (régimen tributario especial si cumplen requisitos).
  • Sucursales de sociedad extranjera.

Las sociedades en SIMPLE no presentan formulario 110: pagan en el formulario 260 con el régimen especial.

La tarifa general: 35% y sus excepciones

El artículo 240 del Estatuto Tributario fija una tarifa general del 35%. Algunas excepciones relevantes:

  • Entidades financieras y aseguradoras con utilidad por encima de 120.000 UVT: sobretasa de 5 puntos, llegando al 40%.
  • Hotelería nueva en municipios de menos de 200.000 habitantes: 9%.
  • Hidroeléctricas: sobretasa adicional según patrimonio.
  • Empresas en ZESE / ZOMAC: progresividad por años.
  • Cooperativas: 20% sobre excedentes que no se reinviertan.
  • Editoriales (Ley del libro): beneficios temporales.

Caso PyME: liquidación de la renta de 2025

Datos de la sociedad ABC S.A.S.:

  • Ingresos operacionales: $1.000.000.000.
  • Costos: $650.000.000.
  • Gastos operacionales: $190.000.000.
  • Otros ingresos no operacionales: $10.000.000.
  • Otros gastos no operacionales: $10.000.000.
  • Utilidad antes de impuestos: $160.000.000.
  • Patrimonio líquido a 31-12-2024: $420.000.000.

Paso 1: renta líquida ordinaria

Partiendo de la utilidad antes de impuestos, se hacen ajustes fiscales:

  • Sumar gastos no deducibles (sanciones, gastos sin soporte, retenciones a proveedores no certificadas).
  • Sumar provisiones no aceptadas.
  • Restar ingresos no constitutivos de renta (dividendos no gravados, indemnizaciones).
  • Restar deducciones especiales (40% adicional por activos productivos en algunos sectores, deducción del 100% por inversiones en investigación, desarrollo e innovación con certificación CT+I).

Suponga que ABC tuvo $8.000.000 en gastos no deducibles y aprovechó deducción especial de $5.000.000 por inversión en software calificado. La renta líquida ordinaria queda en $163.000.000.

Paso 2: renta presuntiva y comparación

La renta presuntiva está hoy en 0% del patrimonio líquido (Ley 2010 de 2019), por lo que la base es la renta líquida ordinaria.

Paso 3: tarifa del 35%

Sobre $163.000.000 se liquida el 35% = $57.050.000.

Paso 4: descuentos tributarios

ABC usa dos descuentos:

  • IVA pagado en bienes de capital adquiridos: $2.500.000.
  • Donación a entidad sin ánimo de lucro registrada: 25% del valor donado, $1.000.000.
  • Total descuentos: $3.500.000.

Impuesto neto de renta = $57.050.000 − $3.500.000 = $53.550.000.

Paso 5: tasa mínima de tributación

La Ley 2277 de 2022 introdujo una tasa mínima de tributación del 15% sobre la utilidad contable depurada. Si el impuesto neto resulta menor al 15% de la utilidad ajustada, la sociedad paga la diferencia. En el caso ABC, $53.550.000 sobre utilidad de $160.000.000 ya supera el 15%, no hay ajuste adicional.

Paso 6: anticipo del año siguiente

El anticipo se calcula como el 75% del impuesto neto del año, descontando lo retenido. Si a ABC le retuvieron $8.000.000 en el año, el anticipo queda en aproximadamente $32.150.000.

Paso 7: cuotas

Las personas jurídicas pagan en dos cuotas. La primera vence entre abril y mayo de 2026, la segunda entre junio y julio, según el último dígito del NIT. El detalle por NIT está en el calendario tributario DIAN 2026.

Tabla resumen del caso ABC S.A.S.

Concepto Valor
Ingresos operacionales $1.000.000.000
Costos y gastos $850.000.000
Utilidad antes de impuestos $160.000.000
Renta líquida ordinaria (ajustada) $163.000.000
Impuesto al 35% $57.050.000
Descuentos tributarios $3.500.000
Impuesto neto de renta $53.550.000
Retenciones del año $8.000.000
Saldo a pagar antes de anticipo $45.550.000
Anticipo año siguiente (75%) $32.150.000
Total a pagar 2026 $77.700.000

Deducciones que muchas PyMEs olvidan

  • Beneficio de auditoría (artículo 689-3 del Estatuto Tributario): firmeza en seis o doce meses si se incrementa el impuesto neto en porcentajes definidos.
  • Deducción adicional del 100% por inversión en CT+I.
  • Descuento del 50% de ICA pagado sobre el impuesto de renta (artículo 115 del Estatuto Tributario).
  • Deducción por contratación de personas con discapacidad.
  • Deducción por aprendices SENA.
  • Beneficios ZESE y ZOMAC para empresas que califiquen.

Cada una requiere soporte específico. Saltarse el documento puede invalidar el beneficio en una eventual auditoría.

Errores frecuentes en la liquidación

  • Confundir utilidad contable con renta líquida. No son lo mismo: la fiscal exige ajustes.
  • Tomar IVA descontable en factura sin acuse RADIAN. Si el evento de aceptación expresa no quedó registrado en plazo, el IVA puede ser objeto de glosa.
  • No actualizar el patrimonio líquido del año anterior. Errores arrastrados en patrimonio activan revisiones.
  • Olvidar la firma del revisor fiscal o contador público. Sin firma, la declaración se da por no presentada (artículo 580 del Estatuto Tributario).

Cómo SisteAcuse acompaña la renta de personas jurídicas

SisteAcuse no liquida la renta, pero atiende uno de los talones de Aquiles del expediente fiscal: las facturas electrónicas recibidas y sus eventos RADIAN.

  • Causación masiva de eventos 030, 032 y 033. Permite que cada factura recibida tenga su acuse de recibo, recibo del bien y aceptación expresa al día, condición para sostener el costo y el IVA descontable de la sociedad.
  • Reportes para conciliación con renta y exógena. CSV y XLSX con detalle por proveedor, fecha y tipo de evento.
  • Multi-empresa para grupos económicos y firmas contables. Una sola interfaz para gestionar el RADIAN de varias sociedades, con trazabilidad por NIT.

Próximos pasos

Después de cuadrar la renta jurídica, conviene revisar el calendario tributario DIAN 2026 para confirmar las fechas de cada cuota. Si hay temas de IVA, vea la guía de IVA Colombia 2026 y ReteIVA. Para retenciones a proveedores, la tabla de retefuente 2026 es referencia obligada. Si la sociedad enfrenta sanciones, repase sanciones por extemporaneidad y corrección de declaraciones. El pilar de impuestos Colombia 2026 cruza todo el panorama.