El Impuesto de Industria y Comercio (ICA) es uno de los tributos más relevantes para las empresas colombianas, y también uno de los que más confusión genera porque varía significativamente entre municipios. Si tu empresa opera en Colombia, casi con certeza tienes obligaciones de ICA que debes cumplir. Aquí te explico todo.

¿Qué es el ICA?

El Impuesto de Industria y Comercio es un impuesto municipal que grava el ejercicio de actividades industriales, comerciales y de servicios realizadas en la jurisdicción de un municipio. Es uno de los principales ingresos tributarios de los municipios colombianos y está regulado por la Ley 14 de 1983, el Decreto 1333 de 1986 y la Ley 1819 de 2016 que unificó muchos aspectos de los impuestos territoriales.

A diferencia del impuesto de renta (que es nacional), el ICA lo administra y recauda cada municipio de forma independiente. Esto significa que si tu empresa opera en varios municipios, tienes obligaciones de ICA en cada uno de ellos.

¿Quiénes están obligados a pagar ICA?

Están sujetos al ICA todas las personas naturales, jurídicas y sociedades de hecho que ejerzan actividades industriales, comerciales o de servicios con o sin establecimiento de comercio, de forma permanente u ocasional, en la jurisdicción del municipio.

No importa si la empresa está domiciliada en otro municipio: si realiza ventas o presta servicios en un municipio, ese municipio puede gravar esas actividades con su ICA.

¿Qué actividades grava el ICA?

Actividades industriales

Producción, extracción, fabricación, confección, preparación, reparación, manufactura, ensamble o cualquier proceso de transformación por elemental que sea.

Actividades comerciales

Expendio, compraventa, suministro, distribución de bienes o mercancías tanto al por mayor como al detal; transporte, espectáculos públicos, hoteles, restaurantes, estaderos, cafeterías, casinos, etc.

Actividades de servicios

Satisfacción de necesidades del público mediante la realización de una o varias de las siguientes actividades: expendio de comidas y bebidas, servicios de telecomunicaciones, servicio de transporte, arrendamiento de bienes corporales muebles e inmuebles, servicios de publicidad, consultorías, asesorías, etc.

Actividades excluidas del ICA

  • Actividades de industria en municipios diferentes al de producción (solo paga ICA en el municipio de la sede de producción).
  • Producción de artículos artesanales.
  • Actividades agropecuarias, mineras y extractivas (en muchos municipios).
  • Exportaciones.
  • La primera venta de inmuebles (en algunos municipios).
  • Los ingresos provenientes de actividades financieras de los establecimientos de crédito.

Cómo se calcula el ICA

La base gravable del ICA son los ingresos brutos ordinarios y extraordinarios obtenidos en el respectivo año o período gravable, por actividades ejercidas en la jurisdicción del municipio. Se restan de la base:

  • Las devoluciones, rebajas y descuentos.
  • El valor de los ingresos de actividades exentas o excluidas.
  • Los ingresos obtenidos fuera de la jurisdicción del municipio.
  • Los ingresos que ya pagaron ICA en otro municipio (para evitar doble tributación).

La tarifa varía según la actividad y el municipio. La Ley 14 de 1983 establece rangos:

Tipo de actividadRango de tarifa
Actividades industriales0.2‰ a 7‰ (por mil)
Actividades comerciales0.2‰ a 10‰ (por mil)
Actividades de servicios0.2‰ a 10‰ (por mil)
Actividades financieras0.3‰ a 10‰ (por mil)

Ejemplo práctico: ICA en Bogotá

En Bogotá, las tarifas vigentes para servicios de consultoría profesional están alrededor del 9.66‰ (9.66 pesos por cada $1.000 de ingresos). Si tu firma de consultoría tuvo ingresos brutos de $200 millones en Bogotá, tu ICA anual sería aproximadamente:

$200.000.000 × 9.66‰ = $1.932.000

Declaración y pago del ICA: plazos y formularios

El ICA se declara y paga con periodicidad anual o bimestral según el municipio y el nivel de ingresos. En Bogotá, por ejemplo:

  • Grandes contribuyentes: declaración y pago bimestral.
  • Otros: declaración anual (generalmente en los primeros meses del año siguiente).

Cada municipio tiene su propio formulario y portal de declaración. La unificación completa a nivel nacional aún no existe — cada municipio tiene su propio sistema.

ICA y el Régimen Simple de Tributación

Una de las ventajas del Régimen Simple de Tributación (RST) es que el ICA está incluido en la tarifa unificada. Los contribuyentes del RST no declaran ni pagan el ICA por separado ante cada municipio — el ICA está integrado en el impuesto unificado que se paga bimestralmente a la DIAN, quien luego lo distribuye a los municipios.

Esta es una ventaja administrativa significativa para empresas que operan en múltiples municipios y que sin el RST tendrían que presentar declaraciones de ICA en cada uno.

ReteICA: retención en la fuente por ICA

Al igual que el impuesto de renta tiene retención en la fuente (reteFuente), el ICA tiene su propia retención en la fuente (reteICA). Los grandes contribuyentes y ciertos agentes de retención designados por cada municipio deben practicar reteICA sobre los pagos que realizan por actividades sujetas al impuesto.

La tarifa de reteICA es generalmente el 50% o 100% de la tarifa del ICA del municipio, dependiendo del municipio. Esta retención se descuenta del ICA a pagar en la declaración.

Facturas electrónicas y el ICA

Las facturas electrónicas de venta deben discriminar el ICA cuando aplique como retención (reteICA). Al igual que con la retención en la fuente por renta, el XML de la factura tiene campos para reteICA que deben estar correctamente configurados en tu software de facturación.

Para las facturas que recibes de tus proveedores, si aplica reteICA, también debe estar reflejada en el documento electrónico. Y recuerda: independientemente de si hay reteICA o no, las facturas electrónicas que recibes requieren que causes los tres eventos RADIAN ante la DIAN. SisteAcuse maneja este proceso automáticamente, para que no tengas que preocuparte por cada factura individual mientras te concentras en los análisis tributarios de ICA e IVA.

Errores comunes con el ICA

  • No declarar en el municipio donde se prestan los servicios: si tienes clientes en Medellín pero tu empresa está en Bogotá, puedes tener obligaciones de ICA en Medellín también, dependiendo de cómo se configure la actividad.
  • Confundir ingresos netos con brutos: el ICA grava ingresos brutos, no utilidades. Aunque tu empresa tenga pérdidas, si tuvo ingresos, puede haber ICA a pagar.
  • No incluir todos los ingresos extraordinarios: rendimientos financieros, venta de activos y otros ingresos no operacionales pueden estar sujetos a ICA según la actividad y el municipio.
  • Olvidar declarar en municipios donde se realizó actividad esporádica: una feria, un proyecto temporal en otro municipio, una venta ocasional — si superan ciertos umbrales pueden generar obligación de ICA en ese municipio.