El leasing es una de las herramientas de financiación más utilizadas por las empresas colombianas para adquirir activos productivos: vehículos, maquinaria, equipos de cómputo, inmuebles comerciales. Sin embargo, su tratamiento contable bajo NIIF y su deducibilidad fiscal generan dudas recurrentes, especialmente desde los cambios introducidos por las normas internacionales.

En esta guía explico cómo funciona el leasing en Colombia, cómo registrarlo correctamente bajo NIIF, y cuándo conviene frente a otras alternativas de financiación.

¿Qué es el leasing y cuáles son sus tipos?

El leasing (o arrendamiento financiero) es un contrato por el cual una entidad financiera (el arrendador o lessor) adquiere un bien seleccionado por la empresa (el arrendatario o lessee) y lo entrega en uso a cambio del pago de cánones periódicos, con la opción de compra al final del contrato por un valor residual pactado.

Leasing financiero (financial lease)

El arrendatario asume sustancialmente todos los riesgos y beneficios inherentes a la propiedad del activo. Al final del contrato, generalmente existe una opción de compra a un precio que puede ser inferior al valor de mercado (valor residual). En términos económicos, es equivalente a una compra financiada.

Indicadores que lo clasifican como leasing financiero:

  • La duración del contrato cubre la mayor parte de la vida útil del activo
  • El valor presente de los cánones es sustancialmente igual al valor razonable del activo
  • El arrendatario tiene opción de compra a precio inferior al de mercado al vencimiento
  • Los activos son tan especializados que solo puede usarlos el arrendatario

Leasing operativo (operating lease)

El arrendador conserva sustancialmente los riesgos y beneficios del activo. El arrendatario paga por el uso del bien, sin pretensiones de adquisición. Es más similar a un arriendo común. El leasing de vehículos a corto plazo, el alquiler de equipos de cómputo por renovación tecnológica, o el leasing de inmuebles de alto valor son ejemplos típicos.

Marco contable: NIIF 16 vs. NIIF para PYMES

Para grandes empresas: NIIF 16 (Arrendamientos)

La NIIF 16, vigente desde 2019 para las empresas colombianas que aplican NIIF completas, eliminó la distinción entre leasing financiero y operativo para el arrendatario. Bajo NIIF 16, prácticamente todos los arrendamientos (con algunas excepciones: activos de bajo valor y arrendamientos de corto plazo) se registran como:

  • Un activo por derecho de uso (el derecho a usar el bien arrendado)
  • Una obligación por arrendamiento (el valor presente de los pagos futuros del arrendamiento)

Esto impactó significativamente los balances de muchas empresas: arrendamientos que antes no aparecían en el balance (leasing operativo) ahora generan activos y pasivos.

Para PyMEs: NIIF para PYMES - Sección 20

La mayoría de PyMEs colombianas aplican NIIF para PYMES. La Sección 20 mantiene la distinción clásica:

  • Arrendamiento financiero: Se reconoce el activo y el pasivo al inicio del contrato, por el menor entre el valor razonable del activo y el valor presente de los cánones mínimos
  • Arrendamiento operativo: Los cánones se reconocen como gasto en línea recta durante la vigencia del contrato

Registro contable del leasing financiero bajo NIIF para PYMES

Ejemplo práctico: Una empresa toma en leasing financiero un camión de reparto por 5 años. El valor comercial del vehículo es $200 millones. Los cánones mensuales son $4 millones durante 60 meses, más una opción de compra al final de $10 millones. Tasa implícita del contrato: 1.2% mensual.

Al inicio del contrato

Se calcula el valor presente de los pagos futuros:

  • VP de los 60 cánones de $4 millones a tasa 1.2% mensual = aproximadamente $180 millones
  • VP de la opción de compra de $10 millones a 60 meses = aproximadamente $5.4 millones
  • Total VP = ~$185.4 millones

Registro inicial:

  • Débito: Propiedades, Planta y Equipo - Vehículo en leasing: $185.4 millones
  • Crédito: Obligaciones financieras - Leasing: $185.4 millones

Cada período: amortización del pasivo y depreciación del activo

Cada canon pagado se divide entre:

  • Abono a capital (reduce el saldo del pasivo)
  • Gasto financiero (intereses del período, calculados sobre el saldo del pasivo)

El activo se deprecia de forma independiente, siguiendo la política de depreciación de la empresa para ese tipo de activo.

Tratamiento fiscal del leasing en Colombia

El tratamiento fiscal del leasing es uno de los temas que más genera diferencias entre la contabilidad NIIF y la contabilidad fiscal:

Para contribuyentes del impuesto de renta

El artículo 127-1 del E.T. (y sus modificaciones) establece que para efectos fiscales, el tratamiento del leasing depende de si la empresa opta por el tratamiento financiero o el tratamiento operativo:

Opción 1: Tratamiento como arrendamiento operativo (deducción del canon)

La empresa deduce como gasto cada canon de arrendamiento pagado, sin reconocer el activo ni el pasivo en el balance fiscal. Es el tratamiento más simple y el que más reduce la base gravable en los primeros años.

Opción 2: Tratamiento como arrendamiento financiero (deducción de intereses + depreciación)

La empresa reconoce fiscalmente el activo y deduce la depreciación más el componente de intereses de cada canon. Puede ser menos beneficioso en el corto plazo pero más favorable al final (cuando se ejerce la opción de compra, el costo fiscal del activo puede ser mayor).

El contribuyente puede elegir cuál tratamiento aplicar fiscalmente, independientemente del tratamiento contable NIIF. Esto genera diferencias temporarias que deben quedar documentadas en la conciliación fiscal.

Leasing vs. compra directa vs. crédito bancario: ¿qué conviene?

Esta es la pregunta que me hacen constantemente los empresarios. La respuesta depende de varios factores:

FactorLeasing financieroCompra con crédito bancarioCompra de contado
Costo inicialBajo (cuota inicial mínima)Medio (generalmente 20-30% de enganche)Alto (100% inmediato)
Deducción fiscalCanon completo (opción operativo)Intereses + depreciaciónDepreciación
Propiedad del activoHasta opción de compra: del bancoDel comprador desde el inicioDel comprador
FlexibilidadAlta: posibilidad de renovar o cambiar activoMediaBaja
IVAIVA sobre los cánones, no sobre el bienIVA sobre el bien al adquirirloIVA sobre el bien

Ventaja fiscal del leasing operativo

Si eliges el tratamiento operativo para fines fiscales, el canon completo es deducible. Esto es especialmente ventajoso cuando el activo tiene larga vida útil pero la empresa necesita maximizar deducciones en los primeros años.

Consideración sobre el IVA

En el leasing, el IVA no se paga sobre el valor total del bien de una vez, sino sobre cada canon mensual. Para empresas que no tienen derecho a descontar el IVA (no responsables o excluidos de IVA), puede ser más favorable que pagar el IVA total al adquirir el bien.

Leasing y facturación electrónica: RADIAN en cánones de arrendamiento

Las entidades financieras que otorgan leasing están obligadas a emitir facturas electrónicas por los cánones que cobran. Como empresa arrendataria, recibes una factura electrónica mensual por el canon.

Esa factura, como cualquier otra factura electrónica recibida, requiere el reporte de eventos RADIAN ante la DIAN: acuse de recibo, confirmación del servicio recibido, y aceptación expresa. Aunque se trate de un canon repetitivo (el mismo proveedor cada mes), cada factura es un documento independiente que requiere sus propios eventos.

Si manejas leasing para varios activos con diferentes entidades financieras, el volumen de eventos RADIAN puede sumarse rápidamente. SisteAcuse gestiona ese proceso de manera automática: identifica las facturas recibidas de entidades financieras y reporta los eventos en los plazos correctos, sin ningún trabajo manual de tu parte.

El leasing es una herramienta financiera poderosa cuando se estructura correctamente. La clave está en entender las implicaciones contables y fiscales antes de firmar el contrato, y en llevar el control adecuado de las diferencias entre el tratamiento NIIF y el tratamiento fiscal durante toda la vigencia del contrato.